19/1/10

RESEÑA "EL GOBIERNO MUNICIPAL DE CÓRDOBA EN LA ÉPOCA DE CARLOS I

RESEÑA DEL LIBRO “EL GOBIERNO MUNICIPAL DE CÓRDOBA EN LA ÉPOCA DE CARLOS I” (La vida de los cordobeses en el siglo XVI, según las Actas Capitulares)

Este trabajo se enmarca dentro de los llevados a cabo por el Grupo HISALEM de la UCO, dedicado al estudio de la Historia Social de la Administración Española en la Edad Moderna.
Con la investigación de la historia de las ciudades pretendemos demostrar que es en ellas donde se gesta la Historia de las Naciones, dado que en las mismas, vive, sufre, goza y expresa sus anhelos el Hombre, verdadero y único actor de la Historia.
Los documentos que nos posibilitan este análisis, son en primer lugar las Ordenanzas y Actas municipales. En las primeras se plasman las disposiciones, reglamentos y mandatos que el Cabildo municipal (hoy Ayuntamiento) dispone para el buen gobierno de la ciudad, villas, aldeas y lugares a ella pertenecientes.
Las segundas disponen y recogen todos los asuntos que el Corregidor (poder delegado de la Corona), los Caballeros Veinticuatro o Regidores y los Jurados (en teoría representantes del pueblo) tratan en las sesiones capitulares celebradas por mandato real los lunes, miércoles y viernes de cada semana, que conciernen a la vida ciudadana y sus problemas.
En ellas se especifica desde el arreglo de las calles, murallas, saneamiento de los ríos y arroyos, hasta los precios de la carne el pescado, las velas o los reconocimientos a los que están obligadas las mujeres que ganan dineros, es decir las prostitutas, y un etcétera tan extenso como lo es la misma vida ciudadana.
Otros documento tan importantes como los mencionados son las pragmáticas, disposiciones reales y todo tipo de instrumentos emanados de la Corona que por mandato real son remitidos a las ciudades, haciéndoles saber al Regimiento Municipal la voluntad real en los asuntos del buen gobierno del Reino y que llegan desde el cobro de tributos, levas para la guerra, permisos para cobrar impuestos o también disposiciones de cómo se ha de regir la vida de las prostitutas. En fin todo lo que el poder Central dispone para el buen ordenamiento de sus ciudades, es decir de sus reinos.
A través de ellos vemos la corriente ascendente, desde la ciudad hasta el Rey y descendente, desde el Monarca hasta las urbes por la que su poder se extiende de forma total hasta el último rincón de sus dominios.
El estudio de la historia de una ciudad es totalmente transferible al resto de las del Reino. Dado que mutatis mutandis, los documentos reales, las disposiciones municipales difieren muy poco o casi nada para la administración de todas las localidades del país.
Al estudio del Regimiento municipal he añadido una serie de cuadros aclarativos para mejor comprensión de lo propuesto, así como las regesta de los asuntos tratados en las reuniones de los componentes del Cabildo municipal, durante el año 1533, enero de 1534 (falta en Archivo el resto del año) y 1535 en los que se contempla con diáfana claridad el latir del pulso diario de la vida de Córdoba.
Considero que es un trabajo muy útil no sólo para los especializados en el estudio de la Historia, sino también par el público en general que sienta deseos de conocer como fue la vida de una ciudad castellana, hace quinientos años y que no difiere tanto de la nuestra.
Manuel Villegas Ruiz

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